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FEBOR, en su calidad de Cooperativa cerrada, puede tener como asociados a las personas que cumplan alguna de las condiciones establecidas por la Cooperativa:
– Empleados del Banco de la República.
– Pensionados del Banco de la República, de entidades adscritas o administradas por este, o de FEBOR Entidad Cooperativa.
– Personas que hayan recibido sustitución pensional conforme a las normas legales vigentes.
– Exempleados del Banco de la República pensionados en cualquiera de los regímenes pensionales y especiales consagrados en la legislación colombiana, siempre que el Banco haya sido su último empleador.
– Cónyuge, compañero(a) permanente o familiar de un asociado fallecido, cuando como beneficiario le sea reconocida la sustitución pensional. Si existe más de un beneficiario, cada uno podrá asociarse. Los menores de edad deberán estar debidamente representados hasta cumplir la mayoría de edad.
– Asociados por extensión: cónyuge, compañero(a) permanente y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero civil de los asociados a FEBOR.
Para validar si puedes asociarte o afiliar a un familiar, FEBOR podrá solicitar los documentos que acrediten la condición o parentesco correspondiente.
Para ser asociado de FEBOR se deben cumplir las condiciones de vinculación establecidas por la Cooperativa, según el tipo de asociado que corresponda.
En términos generales, la persona interesada debe:
– Cumplir con alguna de las condiciones para ser asociado.
– Presentar la solicitud de afiliación y los documentos requeridos.
– Demostrar ingresos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo legal mensual vigente, cuando aplique.
– Acreditar el vínculo o parentesco correspondiente, en el caso de asociados por extensión.
– Autorizar los descuentos o pagos que correspondan, de acuerdo con las condiciones de FEBOR.
– Ser aprobado por el Consejo de Administración o por la instancia competente definida por FEBOR.
– Cancelar el aporte correspondiente, según el Estatuto.
– Realizar o comprometerse a realizar la capacitación básica cooperativa dentro del plazo definido.
– Autorizar el tratamiento de datos personales y la consulta, reporte o tratamiento de información financiera, comercial, crediticia o de servicios.
– No estar incluido en listas vinculantes o restrictivas relacionadas con prevención y control de lavado de activos o financiación del terrorismo.
– Suministrar la información requerida para dar cumplimiento a las normas SARLAFT.
– No haber sido excluido previamente de FEBOR.
La aprobación de la solicitud habilita el proceso de vinculación, pero la calidad de asociado se activa cuando se paga por lo menos el primer aporte social.
El asociado tiene derecho a un ingreso y dos reingresos a la Cooperativa. Una vez agotadas estas posibilidades, no podrá volver a ser asociado de FEBOR.
El aporte mensual corresponde al 3% del salario básico o pensión del asociado, sin superar el 25% de un SMMLV.
Para conocer el valor exacto aplicable a tu caso, puedes comunicarte con FEBOR o consultar con tu asesor.
No. Los aportes ordinarios no pueden ser retirados de forma parcial ni se puede disponer de ellos mientras la persona conserve su calidad de asociado. Estos aportes solo se entregan en caso de retiro de la Cooperativa o por fallecimiento del asociado.
En el caso de los DAES – Depósito de Ahorro Especial -, tampoco corresponden a un uso parcial libre mientras se tenga la calidad de asociado. Sin embargo, la Asamblea General Ordinaria de Delegados del año 2021 aprobó la devolución paulatina de los DAES para asociados mayores de 70 años, así:
– 2021: mayores de 90 años.
– 2022: mayores de 85 años.
– 2023: mayores de 80 años.
– 2024: mayores de 75 años.
– 2025: mayores de 70 años.
Si cumples esta condición, puedes consultar con FEBOR el proceso para la devolución de tus DAES.
Puedes consultar el saldo de tus ahorros voluntarios ingresando a la través de la Cooperativa Digital. Si aún no has ingresado, debes registrarte en la opción Usuario Nuevo. Si olvidaste tu contraseña, debes elegir la opción Olvidé mi Contraseña e ingresar los datos requeridos.
FEBOR cuenta con diferentes alternativas de crédito, entre ellas: tarjeta de crédito, crédito de consumo, consumo nómina libranza, crédito rotativo, FEBOR Plus, compra de cartera / libre inversión, crédito de vivienda, crédito de vehículo, vehículo híbrido o eléctrico, crédito ecosostenible y crédito educativo.
La aprobación, monto, tasa y plazo están sujetos al análisis de crédito, capacidad de pago, requisitos y políticas vigentes de FEBOR.
Una vez aprobada la afiliación, el siguiente paso es pagar la primera cuota de aportes. Realizado este pago, se activa la calidad de asociado y podrás empezar a hacer uso de los beneficios de FEBOR, incluidos los productos de crédito, siempre sujeto al análisis, requisitos y políticas vigentes.
Pueden ser beneficiarios el asociado de FEBOR y su grupo familiar primario, entendido como cónyuge o compañero(a) permanente e hijos menores de 25 años (ya sea por consanguinidad o por adopción).
Solo se aceptan hijos mayores de 25 años cuando presentan una condición de discapacidad. Para asociados solteros y sin hijos, los beneficiarios podrían ser los padres, según las condiciones establecidas.
Para los Auxilios de Educación no se requiere antigüedad mínima. Para los auxilios de Solidaridad, el asociado debe tener como mínimo un año de afiliado.
Los auxilios de Solidaridad se pueden solicitar una vez al año por cada grupo aplicable, por ejemplo bienestar-calamidad y salud).
El auxilio de Educación puede solicitarse una vez por semestre académico, de acuerdo con las condiciones del reglamento.
Importante: algunas modalidades tienen condiciones particulares. Por ejemplo, el auxilio de lentes se reconoce cada dos años.
El plazo máximo para presentar la solicitud es de 60 días calendario contados desde la fecha del hecho o, en su defecto, desde la fecha de la factura. Después de este plazo no se reciben solicitudes.
El tope máximo para auxilios de Solidaridad es de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente. El valor a otorgar depende del evento, del soporte presentado por el asociado, del reglamento aplicable y de la evaluación correspondiente.
Para auxilios de Educación, el monto máximo es hasta un salario mínimo mensual legal vigente, de acuerdo con la modalidad, requisitos y evaluación correspondiente.
Las solicitudes de auxilios se reciben del día 16 del mes anterior al día 15 del mes actual. Posteriormente, son evaluadas por los Comités correspondientes.
Los montos aprobados por el Comité se desembolsan dentro de los treinta (30) días siguientes a la sesión en la que fueron aprobados, sujeto a la disponibilidad de recursos financieros del fondo.
Puedes consultar los beneficiarios inscritos en tu servicio exequial Coorserpark comunicándote con tu asesor de confianza o llamando al PBX de FEBOR 601 555 8160.
También puedes comunicarte directamente con Coorserpark al teléfono 601 345 0188.
Para solicitar el retiro o cancelación de un servicio o póliza que tienes con FEBOR, debes enviar un correo a seguros@febor.coop o seguros.comercial@febor.coop.
En el correo indica:
– Nombre completo.
– Número de identificación.
– Servicio o póliza que deseas cancelar.
– Fecha a partir de la cual solicitas la cancelación.
Una vez recibida la solicitud, FEBOR realizará la validación correspondiente y te orientará sobre el proceso.
Si tienes asistencia médica IKE, puedes solicitar orientación a través de FEBOR llamando al PBX 601 555 8160. Al comunicarte, escucha las opciones del menú para ser direccionado correctamente.
También puedes comunicarte a las líneas habilitadas para asistencia médica, según el directorio vigente de asistencia.
Puedes comunicarte directamente con Coorserpark al teléfono 601 345 0188.
También puedes recibir orientación llamando al PBX de FEBOR 601 555 8160.
Puedes consultar el Directorio de Asistencia en el sitio web de FEBOR. Allí encontrarás las líneas de contacto según el tipo de seguro o asistencia que tengas contratada.
También puedes comunicarte con FEBOR al PBX 601 555 8160 para recibir orientación.
Puedes consultar el valor de la cuota mensual y el pago total ingresando a la Cooperativa Digital. Una vez ingreses, selecciona en el menú de Consultas el producto que deseas revisar.
Si tienes dificultades para ingresar o no encuentras la información, puedes comunicarte con FEBOR al PBX 601 555 8160.
El monto mínimo de apertura de un CDAT en FEBOR es desde un (1) salario mínimo mensual legal vigente.
En FEBOR puedes constituir un CDAT en los siguientes plazos: 90, 180, 360 y 720 días.
Las tasas pueden variar según el plazo y las condiciones vigentes al momento de la constitución o renovación del CDAT.
Las tasas de interés de los CDAT pueden variar según el plazo y la vigencia definida por FEBOR. Para consultar las tasas actualizadas, ingresa a la sección Tasas de Interés de Ahorro en el sitio web de FEBOR o comunícate con tu asesor.
Aplica para algunos casos. Debes realizar la solicitud de cambio de pagaduría a través de tu asesor de confianza, radicando los últimos tres desprendibles de nómina y una breve explicación del motivo por el cual solicitas el cambio.
La solicitud será evaluada por la instancia correspondiente, que aprobará o rechazará la petición según las políticas vigentes.
Un pago realizado por consignación o transferencia puede quedar aplicado al siguiente día hábil, siempre que FEBOR pueda identificar correctamente el pago.
Para evitar demoras o errores en la aplicación, lo más recomendable es realizar el pago por PSE o enviar el soporte al correo pagos@febor.coop cuando pagues por consignación, transferencia o realices un abono especial.
Lo más recomendable es realizar tus pagos directamente por PSE, ya que es un pago en línea que permite seleccionar el producto que deseas pagar y facilita la aplicación correcta del pago.
Si realizas el pago por consignación, transferencia bancaria o si hiciste un pago diferente al valor normal de la cuota, por ejemplo un abono a capital, es mejor que envíes el soporte al correo pagos@febor.coop.
En el correo indica:
– Nombre completo.
– Número de identificación.
– Producto al que deseas aplicar el pago.
– Valor pagado.
– Fecha del pago.
– Soporte de la transacción.
Si realizas el pago por PSE, no necesitas enviar soporte.
Si realizaste una consignación, transferencia bancaria, pago por corresponsal o un pago diferente al valor normal de la cuota, envía el soporte al correo pagos@febor.coop indicando nombre completo, número de identificación, producto al que deseas aplicar el pago, valor y fecha de la transacción.
Ingresa a www.febor.coop, selecciona En Línea y luego Cooperativa Digital. Después escoge la opción Transferencias, selecciona Cuenta Terceros y realiza el registro de la cuenta.
FEBOR dispone de diferentes medios para realizar pagos. El canal recomendado es PSE, porque permite seleccionar el producto que deseas pagar y facilita que el pago quede aplicado correctamente.
También puedes realizar pagos a través de Cooperativa Digital desde tu cuenta de Ahorro Voluntario, Aval Pay Center, Banco Coopcentral, recibo con código de barras en entidades autorizadas, Banco de Bogotá, corresponsales habilitados y cajas FEBOR, según las condiciones vigentes de cada canal.
Si realizas pagos por transferencia, consignación o corresponsal, conserva el soporte y envíalo a pagos@febor.coop cuando sea necesario para identificar correctamente la aplicación del pago.
Para pagos en corresponsales habilitados asociados al Banco de Bogotá, puedes utilizar el código de convenio 11570 y como referencia el número de cédula del asociado.
Antes de realizar el pago, valida el monto máximo permitido por el corresponsal y conserva el comprobante. Si tienes dudas o el pago requiere aplicación especial, envía el soporte a pagos@febor.coop.
Puedes realizar pagos a través de la cuenta de ahorros del Banco de Bogotá No. 106738289, convenio 29 W.
Referencia 1: número de cédula del asociado.
Referencia 2: número de teléfono.
Para facilitar la aplicación del pago, conserva el soporte y envíalo a pagos@febor.coop cuando el pago requiera validación o aplicación especial.